EL TESTAMENTO II

¿Es libre el testador a la hora de dejar sus bienes?

No, el testador no es libre de dejar sus bienes como quiera ni a cualquiera. La barrera entre su voluntad y los que dispones la ley se llama LEGÍTIMA.

¿Que es la LEGÍTIMA? Es la obligación de incluir en el testamento a los descendientes, ascendientes y cónyuge, según el casos,  por ello son llamados a éstos herederos forzosos. Aunque hay que tener en cuenta que las normas no son iguales para toda España, pues en algunos territorios, se regulan por los llamados Derechos Forales, que regulan de modo diferente todo lo referido a la Sucesiones (Cataluña, Aragón, Navarra, parte del País Vasco, Galicia y Baleares).

¿Qué comprende la legítima del total hereditario?  Podemos decirlo al revés, es decir, la parte totalmente libre de traba o regulación es el llamado tercio de libre disposición. Los otros dos tercios, el de legítima estricta y el de mejora han de ser necesariamente a favor de los hijos.

¿Que es la legítima estricta? Es el tercio de la herencia reservado exclusivamente a los descendientes del causante. Y el tercio de mejora es la forma que éste tiene de incrementar a uno o varios hijos su porción hereditaria, pero sólo puede ir en favor de los hijos. No así el usufructo de este tercio, que irá en favor del cónyuge viudo, en caso de que subsista al testador.

 

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