LA INSOPORTABLE LEVEDAD DEL AMOR
El Abandono del hogar. El delito por abandono de hogar no existe desde el año 2005. Existe, sin embargo, el delito de abandono de familia. El abandono de familia, según...
Derechos del Autónomo ante la Seguridad Social
Antes de comenzar a enumerar y describir derecho alguno, cabe destacar el requisito previo a cualquier demanda de tutela ante la Seguridad social, cual es el de estar al corriente de pago de las cuotas fijada por dicha entidad.
Pero aun en el supuesto de que no se cumpliera tal condición existe un plazo de 30 días, plazo que no puede prorrogarse de nuevo, para pagar y así poder acceder a las prestaciones.
Las prestaciones o coberturas que ofrece la seguridad social a este colectivo, hoy tan alabado por alguna campaña publicitaria y electoral a las que les interesa como clientela segura y como votantes de los que solo se suelen acordar cada cuatro años, son las siguientes:
Asistencia sanitaria
Maternidad y paternidad y Riesgo durante el embarazo
Incapacidad Temporal y /o Permanente
Lesiones permanentes no invalidantes
OPCIONES:
Existe la opción de cotizar por contingencias comunes strictu sensu o bien ampliar dicha cobertura y extenderla a contingencias de carácter profesional.
Si se opta únicamente por contingencias comunes, supondrá que tenga acceso a la prestación por asistencia sanitaria, por maternidad, por paternidad, por incapacidad temporal, incapacidad permanente y lesiones permanentes no invalidantes (siempre que dichas incapacidades o lesiones se deriven de enfermedad o accidente común).
Si se quiere ampliar la cobertura y el autónomo decide cotizar también por contingencias profesionales, además de las enumeradas en el párrafo anterior tendrá derecho a la prestación por riesgo durante el embarazo y prestaciones por incapacidad temporal, permanente y lesiones permanentes no invalidantes, tanto si derivan de contingencia común como profesional, ya sea por accidente de trabajo o por enfermedad profesional.
Cabe destacar que para los autónomos dependientes y aquéllos que desempeñen una actividad profesional con un elevado riesgo de siniestralidad existe la obligación de cotizar por accidente del trabajo y enfermedad profesional. Aunque existe la posibilidad de suscribir un seguro de salud privado como alternativa al RETA (RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS).